El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado la modificación de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) y la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que permitían a Hunosa transformar la central térmica de La Pereda, en Mieres, para funcionar con biomasa y combustible sólido recuperado (CSR).
La Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal ha estimado así el recurso interpuesto por la Coordinadora Ecologista de Asturias contra la resolución de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico.
En una sentencia fechada este jueves, el TSJA establece que no se trata de una "modificación sustancial" de la autorización anterior, sino de una nueva actividad de "coincineración de residuos", lo que conlleva la aplicación de un régimen legal más estricto conforme al Reglamento de Emisiones Industriales y la normativa europea.
La planta de biomasa
El tribunal considera correctos algunos trámites del procedimiento, cuya validez se mantiene, pero entiende que no se ha cumplido la normativa en cuestiones como el conocimiento previo de las características técnicas de la nueva caldera; la indeterminación, cuantitativa y cualitativa, del CSR, que impide evaluar el impacto real de las emisiones; y la gestión de residuos, por la imprecisión en el destino de 120.000 toneladas anuales de cenizas, cantidad que se elevó en la fase final del procedimiento administrativo sin participación pública.
Por ello, el TSJA estima el recurso de la organización conservacionista en una sentencia contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La central térmica de La Pereda cesó a finales de 2024 su actividad ligada a la combustión de carbón, una medida con la que Hunosa cerró una etapa vinculada al combustible fósil e inició la transformación de las instalaciones en una planta de biomasa de 50 megavatios (MW), la mayor de Asturias.








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