La empresa Iberdrola Distribución Eléctrica no actuó con abuso de posición de dominio frente a los consumidores por no tramitar con agilidad las solicitudes de modificaciones tarifarias, según se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso que la citada empresa presentó contra la dictada por el Juzgado de lo Mercantil número Uno de Murcia, que, al dar la razón a la sociedad Erle Renovables, declaró la obligación de Iberdrola "de permitir y facilitar con la máxima celeridad las modificaciones tarifarias solicitadas".
El tribunal, que tiene como ponente al magistrado Rafael Fuentes, dice que Erle Renovables formuló su demanda imputando un abuso de posición de dominio de la citada empresa eléctrica por no atender en los plazos establecidos la petición de modificación de tarifa y potencia interesada por aquella en representación de varias comunidades de propietarios.
Y añadía que esta pasividad de la empresa demandada había ocasionado a sus clientes unos daños y perjuicios que, aseguraba, superaban los 500.000 euros.
Expone la sentencia que Erle Renovables se dedica a realizar estudios de ahorro y optimización de consumo energético de sus clientes, que culminan con la solicitud de modificación de la contratación para adaptarla a las necesidades reales de consumo, buscando con ello la aplicación de las tarifas más adecuadas.
La tesis de la demandante, añade la Audiencia de Murcia, es que Iberdrola abusa de su posición de dominio en el mercado de suministro de electricidad, obteniendo así ventajas inalcanzables en condiciones de competencia y que se consiguen mediante la imposición al consumidor de potencias superiores a las legalmente establecidas.
El tribunal atribuye a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil, que acuerda revocar, falta de concreción a la hora de definir el mercado relevante y la posición de dominio, además de que no explicita las pruebas en las que se basó para afirmar que la única empresa que operaba en la Región de Murcia en 2004 era Iberdrola.
La sentencia concluye que "aun en el caso de que ello fuera así, no basta para apreciar el abuso, sino que es precisa una actuación abusiva y, aquí, de la prueba practicada, tampoco se puede predicar".
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