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La Justicia inglesa rechaza el recurso de España para anular un laudo de renovables

El laudo será considerado como si hubiera sido emitido por las instituciones del Reino Unido a efectos de su ejecución

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El Tribunal de Apelación de Londres rechazó un recurso del Gobierno de España para que anulara el registro en Inglaterra del laudo arbitral Antin, que le obliga a pagar 120 millones de euros a unos inversores perjudicados cuando en 2013 redujo unas ayudas de 2007 a la energía renovable.

La corte secundó así el fallo del 24 mayo de 2023 del juez Peter Fraser del Tribunal Superior, que descartó que España tuviera "inmunidad soberana" en la jurisdicción inglesa, después de que el grupo inversor Infrastructure Services Luxembourg y Energia Termosolar -los receptores del laudo Antin- lo inscribieran en este territorio para reclamar su cobro.

Fraser también rechazó que una reciente jurisprudencia de la Unión Europea (UE) revocara las obligaciones adquiridas por España bajo el convenio internacional de arbitraje de 1966 del Ciadi -con sede en Washington y que emitió el laudo condenatorio- y el Tratado de la Carta de la Energía (TCE) de 1994.

El laudo de renovables de España

El Tribunal de Apelación coincidió con el Superior en que, aunque la UE y España decidieron abandonar el TCE, aún están sujetos a los compromisos inicialmente suscritos.

"La sentencia deja claro que los Estados contratantes del Convenio del Ciadi no pueden invocar la inmunidad estatal en Inglaterra para oponerse al registro de los laudos arbitrales dictados por el Ciadi en su contra, ya que se sometieron a la jurisdicción en virtud del artículo 54 del Convenio del Ciadi", dijo a EFE Richard Clarke, del despacho jurídico de los demandantes, Kobre & Kim.

Con este dictamen, la corte londinense revalida la orden firmada el 29 de junio de 2021 por la jueza Sara Cockerill de registro del laudo, que fue emitido originalmente en 2018 por el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi), institución dependiente del Banco Mundial.

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Esto significa que el laudo será considerado como si hubiera sido emitido por las instituciones del Reino Unido a efectos de su ejecución.

La decisión de este martes acerca por tanto a los fondos que en 2011 financiaron las plantas Andasol 1 y 2 en Granada a poder cobrar la deuda.

Sin embargo, fuentes cercanas al Gobierno español han apuntado a EFE que para que el juzgado tenga capacidad de ejecutar el laudo y embargar bienes españoles hace falta que se inicie un nuevo procedimiento en el que el Estado español podrá esgrimir argumentos de oposición.

A su entender, sólo con una situación muy excepcional se podría intentar un pago forzoso.

En agosto de 2023, Infrastructure Services Luxembourg y Energia Termosolar consiguieron una orden provisional de embargo sobre los terrenos en los que se ubica el Instituto Español Vicente Cañada Blanch en Londres, a fin de forzar al Ejecutivo de Madrid a cumplir con la decisión del Ciadi.

En otro proceso paralelo aún en curso, obtuvieron además otra orden preliminar para embargar 120 millones de euros de los 855 millones que España podría cobrar si gana un pleito con la aseguradora The London Steam-Ship Owners' Mutual Insurance Association por el vertido del Prestige en 2003.

Tras su reforma del sistema de primas a la energía renovable, España afrontó 51 arbitrajes en varios países por esta causa, con reclamaciones por unos 10.000 millones de euros y 28 laudos dictados, de los cuales hasta ahora ninguno se ha ejecutado.

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