El Tribunal de Apelación de Londres rechazó un recurso del Gobierno de España para que anulara el registro en Inglaterra del laudo arbitral Antin, que le obliga a pagar 120 millones de euros a unos inversores perjudicados cuando en 2013 redujo unas ayudas de 2007 a la energía renovable.
La corte secundó así el fallo del 24 mayo de 2023 del juez Peter Fraser del Tribunal Superior, que descartó que España tuviera "inmunidad soberana" en la jurisdicción inglesa, después de que el grupo inversor Infrastructure Services Luxembourg y Energia Termosolar -los receptores del laudo Antin- lo inscribieran en este territorio para reclamar su cobro.
Fraser también rechazó que una reciente jurisprudencia de la Unión Europea (UE) revocara las obligaciones adquiridas por España bajo el convenio internacional de arbitraje de 1966 del Ciadi -con sede en Washington y que emitió el laudo condenatorio- y el Tratado de la Carta de la Energía (TCE) de 1994.
El laudo de renovables de España
El Tribunal de Apelación coincidió con el Superior en que, aunque la UE y España decidieron abandonar el TCE, aún están sujetos a los compromisos inicialmente suscritos.
"La sentencia deja claro que los Estados contratantes del Convenio del Ciadi no pueden invocar la inmunidad estatal en Inglaterra para oponerse al registro de los laudos arbitrales dictados por el Ciadi en su contra, ya que se sometieron a la jurisdicción en virtud del artículo 54 del Convenio del Ciadi", dijo a EFE Richard Clarke, del despacho jurídico de los demandantes, Kobre & Kim.
Con este dictamen, la corte londinense revalida la orden firmada el 29 de junio de 2021 por la jueza Sara Cockerill de registro del laudo, que fue emitido originalmente en 2018 por el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi), institución dependiente del Banco Mundial.
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