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El marco jurídico español ofrece mecanismos para defender el clima pero se necesita su correcta aplicación

Según un documento del IIDMA, es necesario que sea aplicado "correctamente" por el sector público y el privado

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España cuenta con un marco jurídico que recoge derechos climáticos y ofrece mecanismos jurídicos para la defensa del clima, pero es necesario que sea aplicado "correctamente" tanto por el sector público como por el sector privado, según un informe del Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA).

El documento, titulado 'Derechos climáticos. Mecanismos jurídicos de defensa del clima en España' y presentado este lunes en la Universidad Carlos III de Madrid, analiza el desarrollo y evolución de los derechos climáticos identificando una serie de litigios cuya argumentación jurídica se ha sustentado en dichos derechos, junto con una revisión de las herramientas jurídicas que ofrecen mecanismos para la defensa del clima.

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"Garantizar derechos climáticos implica que se está actuando para hacer frente al cambio climático y, al mismo tiempo, garantizando la protección de los derechos fundamentales", sentencia el informe.

La defensa del clima

Asimismo, señala que la respuesta jurídica a este problema global a través de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París ha supuesto un "avance significativo" en el marco normativo y ha impulsado cambios en diversos sectores económicos, como el energético, donde se ha favorecido el despliegue de energías renovables.

No obstante, el informe subraya que las evidencias científicas reflejan que algunas medidas se han adoptado "muy lentamente" o no se han adoptado, una falta de cumplimiento que ha provocado que la ciudadanía se muestre más dispuesta a acudir a los tribunales para exigir responsabilidades.

El documento también afirma que el desarrollo y evolución en la interpretación de los derechos humanos de primera, segunda y tercera generación ha servido de fundamentación jurídica para esas reclamaciones ciudadanas junto con las obligaciones derivadas de los compromisos internacionales adoptados para hacer frente al cambio climático, lo que se consideran derechos climáticos.

El estudio recuerda, además, que según el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en España se han producido 17 litigios climáticos, pero muchos de ellos "no son estrictamente climáticos", entre ellos el 'caso Prestige', ocasionado por un derrame de petróleo en las costas gallega en el año 2002.

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En este sentido, la directora de la institución, Ana Barreira, ha asegurado que en España una gran parte de estos asuntos se dirimen ante tribunales del orden contencioso-administrativo o penal. Al respecto, el IIDMA ha recalcado la necesidad de crear tribunales o salas especializadas que permitan un abordaje más específico de los conflictos ambientales por su alta complejidad.

Los medios

Por otro lado, tras la presentación del informe, se ha puesto el foco en el papel de los medios de comunicación en relación con la crisis climática y se ha apuntado a la necesidad de una "reflexión urgente" al respecto.

En este contexto, se ha defendido que los profesionales encargados de dar a conocer a la sociedad esta cuestión tienen la tarea de divulgar investigaciones científicas en diferentes formatos narrativos adaptados a los distintas audiencias, popularizar terminología específica necesaria para la comprensión del fenómeno y desmentir bulos.

Asimismo, se ha señalado a la necesidad de conectar el cambio climático con los fenómenos meteorológicos extremos "sin caer en el alarmismo o la espectacularización" o promover el ejercicio de un periodismo independiente, "alejado de los contenidos pagados por empresas contaminantes que generen 'greenwashing'".

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