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Lo que determine la Taxonomía es bastante central, en cualquier caso.

El porque de la taxonomía. La taxonomía de la UE es un sistema de clasificación que establece una lista de actividades económicas ambientalmente sostenibles. El Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo establece el marco para la creación de la Taxonomía de la UE de las actividades económicas ambientalmente sostenibles. De hecho:

  • La consideración 7 reconoce que debido al “carácter sistémico de los retos medioambientales mundiales, es necesario aplicar un enfoque sistémico y con visión de futuro a la sostenibilidad medioambiental”.
  • Además, y como se recoge en consideración 12 hay que “armonizar a escala de la Unión los criterios para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente sostenible, a fin de eliminar los obstáculos al funcionamiento del mercado interior por lo que respecta a la captación de fondos para proyectos de sostenibilidad, y prevenir la aparición futura de obstáculos a dichos proyectos.

De aprobarse tal como viene daría luz verde a que recursos que podrían ir destinados al cambio de modelo se orientasen a la financiación de la nuclear, que más allá de los riesgos que conlleva, no es flexible. Flexible si son el almacenamiento, la gestión de la demanda o la agregación de servicios energéticos que se pueden apoyar los diferentes momentos intermitentes de generación renovable.

A su vez, la clasificación a escala de la Unión de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles permitirá el desarrollo de futuras políticas de la Unión en apoyo de las finanzas sostenibles, entre ellas, normas a escala de la Unión sobre los productos financieros medioambientalmente sostenibles, y, en última instancia, la posible creación de etiquetas que reconozcan formalmente el cumplimiento de esas normas en toda la Unión.

Estamos hablando por tanto de alterar radicalmente el escenario de cambio de modelo energético, dando no sólo una pésima señal a nuestros ciudadanos además de debilitando el papel de liderazgo de la UE en el marco global de transición verde.

Son ahora el Grupo de Expertos en Finanzas Sostenibles establecido en 2018 y los Estados miembros los que tienen que expresar sus contribuciones para el 21 de enero.  Posteriormente y tras haber analizado estas contribuciones la Comisión Europea adoptará Acto Delegado Complementario en enero de 2022.

A continuación, se enviará a los colegisladores- Parlamento y Consejo Europeos, para que lo examinen durante cuatro meses[1], y en caso de que lo consideren necesario, presentar objeciones al mismo.

Además, el Consejo tendrá derecho a oponerse a él por mayoría cualificada inversa (lo que significa que se necesita al menos el 72% de los Estados miembros (es decir, al menos 20 Estados miembros) que representen al menos el 65% de la población de la UE para oponerse al acto delegado), y el Parlamento Europeo por mayoría (es decir, al menos 353 diputados) en el Pleno.

****La primera mitad de 2022 va a ser vital para que la UE y los países miembros establezcan qué tipo de transición energética se va a implementar en Europa y el alcance del significado “no harming principle” o "no causar daños significativos".  Y además es ahora el este momento de apostar porque el consumidor esté en el centro de la transición energética como propone el Paquete de Energía Limpia, buscando un sistema eléctrico eficiente, renovable, cercano, local y que permita la descarbonización de otros vectores energéticos como el transporte.

El incluir la nuclear y el gas en esta nueva taxonomía no es un elemento menor. En caso de incluirse es evidente que parte de los recursos se destinarán a estas tecnologías, y no a poner todo el esfuerzo, ya no sólo en generación renovable, sino en el desarrollo de nuevas estrategias de almacenamiento y de gestión de la demanda, en la que la ciudadanía y el usuario estarían en el centro del sistema energético aportando con su flexibilidad garantía de suministro que es uno de los principales objetivos marcados por la UE en materia de transición energética y sostenibilidad.

Decimos, por tanto, que adoptar esta nueva taxonomía contribuiría a perpetuar el viejo modelo de generación centralizada y no apoyar mas claramente una demanda más flexible a la generación renovable. En este orden de cosas, la decisión que se adopte inclinará la balanza hacia seguir extendiendo el viejo modelo, lo que supondría un paso atrás en la transición energética, o avanzar hacia la consecución de los compromisos de la Comisión europea en el Paquete de Energía Limpia, para los que ya se han empleado ingentes recursos financieros, empresariales y sociales. ¿Estamos dispuestos a interrumpir este cambio de paradigma del modelo empresarial y energético ya iniciado con el Paquete de Energía Limpia y que esta nueva taxonomía implicaría?

[1] con opción para el Parlamento y el Consejo de pedir dos meses de extensión.

Alicia Carrasco es CEO de la consultoría de transición energética olivoENERGY y Joan Herrera es director de Medio Ambiente y Energía del Ayuntamiento del Prat.

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