Ningún comentario El almacenamiento energético, una de las tecnologías llamadas a sostener la integración masiva de energías renovables y garantizar la estabilidad del sistema eléctrico, se enfrenta en España a un creciente bloqueo regulatorio que amenaza con frenar su despliegue. El principal obstáculo no es tecnológico ni financiero, sino el acceso a la red eléctrica, un recurso cada vez más escaso cuya gestión está generando una creciente preocupación en el sector.
La aprobación de la Planificación de la Red de Transporte 2025-2030 debía abrir una nueva etapa para el desarrollo de proyectos de almacenamiento mediante baterías. Sin embargo, la reserva masiva de capacidad para futuros concursos de acceso, tanto en generación como en demanda, amenaza con convertir esa oportunidad en un nuevo cuello de botella regulatorio, según advierten fuentes del sector consultadas por este medio.
El problema afecta especialmente a la red de transporte, la única que puede acoger grandes instalaciones de almacenamiento capaces de aprovechar economías de escala y reducir costes logísticos, operativos y comerciales. Es precisamente en esta red donde se concentra la mayor parte de la capacidad reservada y donde los proyectos encuentran mayores dificultades para obtener acceso simultáneo como generadores y consumidores de energía.
Tratamiento y normativa
La situación es consecuencia de una regulación que ha evolucionado de forma acelerada en los últimos años. Desde la aprobación del Real Decreto-ley 8/2023 y, más recientemente, con la nueva redacción introducida por el Real Decreto-ley 7/2026, el almacenamiento ha ido incorporando un tratamiento específico en materia de acceso y conexión, primero desde la perspectiva de la generación y posteriormente desde la de la demanda.
Esta evolución normativa, sin embargo, ha generado importantes desajustes. Fuentes del sector aseguran que en algunos nudos se han activado concursos de demanda exclusivamente por la concurrencia de solicitudes de almacenamiento. El motivo es que, aunque existía capacidad disponible para que estas instalaciones pudieran inyectar energía a la red, no se informaba de la capacidad existente para consumirla, un requisito imprescindible para su funcionamiento.
"Había capacidad para almacenamiento como generador, pero no se conocía la capacidad disponible como demanda porque no se publicaba. Eso provocaba que se activaran concursos al no existir margen suficiente para la parte de consumo, aunque sí lo hubiera para la inyección", explica Raúl García Posada, director de Asealen.
El actual diseño regulatorio considera las solicitudes de acceso del almacenamiento como demanda a efectos de concurso, al igual que ocurre con cualquier otro consumidor eléctrico, salvo algunas particularidades introducidas por el Real Decreto-ley 7/2026 cuando existe capacidad reservada específicamente para almacenamiento.
Según fuentes del sector, esta equiparación está provocando una distorsión regulatoria que amenaza con bloquear parte de la nueva capacidad que se habilitará con la futura planificación de la red. Actualmente, existen 73 nudos de la red de transporte reservados para concursos de demanda, un mecanismo concebido originalmente para proteger consumos estratégicos industriales y residenciales frente a situaciones de escasez de capacidad.
El artículo 20 quater del Real Decreto 1183/2020 establece que, cuando una solicitud de acceso de demanda genera competencia por la capacidad disponible, el nudo queda automáticamente reservado para un concurso. El problema, según el sector, es que esta norma no diferencia entre una demanda convencional y una instalación de almacenamiento que, aunque técnicamente consume energía, no responde a un patrón de consumo estructural ni se conecta necesariamente en posiciones de demanda de la red de transporte.
Paradoja
El caso del nudo Beariz 400 kV ilustra esta paradoja. Según los datos de Red Eléctrica correspondientes a abril de 2026, este punto disponía de 75 megavatios de capacidad para generación y almacenamiento y de 791 megavatios de capacidad de demanda. Un mes después, se habían presentado solicitudes por 708 megavatios de almacenamiento y 334 megavatios de generación eólica, sin que existiera ninguna petición de demanda convencional. Además, el nudo no cuenta con posiciones de demanda ni conexión a la red de distribución. Pese a ello, nuevas solicitudes podrían activar automáticamente un concurso de demanda y bloquear el acceso.
Desde Aepibal consideran limitado el riesgo de que el almacenamiento reste capacidad a otros consumos estratégicos y asumen que, en caso de conflicto real, la demanda industrial y residencial debe tener prioridad. No obstante, advierten de que numerosos proyectos permanecen congelados a la espera de concursos específicos para almacenamiento.
La asociación recuerda además que la protección de la demanda estratégica ya ha sido reforzada por el Real Decreto-ley 7/2026, que incorpora la figura de la demanda prioritaria. En este contexto, el sector considera desproporcionado que las solicitudes de almacenamiento conectadas en posiciones de generación puedan seguir activando automáticamente concursos de demanda.
Las asociaciones coinciden en que el principal problema para el almacenamiento sigue estando en el acceso por el lado de la generación. Según Aepibal, existen más de 300 nudos donde podrían conectarse instalaciones de almacenamiento de forma inmediata, muchos de ellos ubicados en zonas críticas para la operación del sistema eléctrico y donde esta tecnología podría aportar un mayor valor.
"El esquema actual de concursos está penalizando al almacenamiento al verse limitado tanto en generación como en demanda", señalan desde la asociación.
Capacidad para inyectar y consumir
Esta doble restricción se suma a otro de los principales obstáculos identificados por Asealen: la imposibilidad de obtener de forma simultánea la capacidad necesaria para inyectar y consumir energía. Determinados concursos solo adjudican capacidad para una de las dos modalidades, lo que dificulta la viabilidad de proyectos que, por definición, requieren ambas.
Por ello, la patronal reclama que la capacidad reservada específicamente para almacenamiento, que cuenta con criterios propios y diferenciados respecto a la generación y la demanda convencionales, se asigne mediante el mecanismo general de prelación temporal. Alternativamente, propone la convocatoria de concursos específicos que otorguen de manera conjunta la capacidad de acceso tanto para generación como para demanda.
Las esperanzas del sector están puestas ahora en el nuevo artículo 20 quinquies del Real Decreto 1183/2020, que permitirá adjudicar capacidad conjunta para almacenamiento. Asealen confía en que su desarrollo reglamentario se agilice y en que pueda aplicarse el apartado tercero de este artículo, que contempla la posibilidad de liberar capacidad para su adjudicación por orden de llegada.
La asociación también ha solicitado que se replique para la demanda un modelo similar al de las instalaciones compartidas ya existente en generación, con el objetivo de maximizar el uso de las posiciones disponibles en las subestaciones de la red de transporte. Sin embargo, la regulación ha optado por otras soluciones.
Nudos reservados
El bloqueo no afecta únicamente al almacenamiento. Según las mismas fuentes del sector consultadas, existen actualmente 420 nudos reservados para concursos de generación o cuya capacidad permanece bloqueada por concursos en nudos vecinos, lo que supone más de 118 gigavatios sin adjudicar. A ello se suman otros 62 nudos reservados para concursos de demanda que podrían habilitar hasta 13,6 gigavatios adicionales para nuevos proyectos de almacenamiento.
Pese a que el mecanismo de los concursos fue concebido para priorizar proyectos con mayor valor tecnológico, ambiental, social y económico, el Ministerio para la Transición Ecológica aún no ha convocado ningún concurso de generación desde la aprobación del Real Decreto 1183/2020, a pesar de que la normativa original fijaba un plazo máximo de seis meses para hacerlo.
El resultado, según las asociaciones, es una capacidad retenida durante años sin un calendario claro de asignación, en un momento en el que la electrificación de la demanda y la descarbonización del sistema dependen precisamente de disponer de más almacenamiento, más generación renovable gestionable y nuevas industrias electrificadas.
La preocupación del sector se extiende también a la red de distribución, donde aún están pendientes las especificaciones para el acceso flexible de demanda. A ello se suma la obligación impuesta a los titulares de accesos firmes de elegir una modalidad de flexibilidad, con carácter retroactivo y bajo la amenaza de asumir nuevos cargos y peajes.
Las asociaciones defienden que la herramienta del concurso competitivo sigue siendo válida, pero advierten de que su falta de ejecución y su aplicación indiscriminada están convirtiendo una solución regulatoria en un obstáculo administrativo.
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