El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha sacado a audiencia pública la propuesta de resolución para regular la figura del agregador independiente, que prestará servicios de gestión de la demanda alterando el consumo de sus clientes, y para permitir la contratación de varios comercializadores simultáneamente.
En un comunicado, el gabinete dirigido por Sara Aagesen señaló que así se "avanza en la implementación de medidas que empoderen al consumidor de electricidad y aumenten las opciones a su disposición para gestionar su abastecimiento y aumentar sus opciones para rebajar el importe de sus facturas".
En concreto, la propuesta de resolución, cuyo plazo de audiencia pública estará abierto hasta el 3 de septiembre, fija la metodología para establecer el programa de referencia base, el precio y esquema de compensación del modelo de agregación, y plantea procedimientos de operación del sistema para la implementación del agregador independiente y para su adaptación al real decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, así como a mejoras en la gestión técnica de las medidas en el sistema eléctrico.
Entre otros elementos, regula el envío de las previsiones del agregador con relación al programa de referencia base del sistema eléctrico de cada jornada, así como el mecanismo de compensación.
Respecto al precio de compensación, se establece que será del 100% del precio del mercado diario en cada periodo, con el objetivo directo de evitar distorsiones y garantizar que las comercializadoras y consumidores directos no se vean perjudicados ni modifiquen su comportamiento por la acción del agregador independiente, según consta en el documento de la propuesta.
En cuanto al esquema de compensación, se ha diseñado un modelo de liquidación centralizada en el operador del sistema (Red Eléctrica) que afectará exclusivamente al agregador independiente y a la comercializadora cuya energía programada haya sido movilizada en los mercados mayoristas.
Asimismo, se descarta de forma expresa un esquema de compensación mutualizado en el que la demanda soporte el coste. Según añade la propuesta de resolución, la mutualización habría provocado que los costes fuesen trasladados por los sujetos de liquidación al consumidor final -participe o no en los servicios de respuesta de la demanda-, lo que habría conllevado un encarecimiento de la factura eléctrica sin la correspondiente reducción efectiva del precio final.
También, las modificaciones normativas, incluida la opción de contratar más de un comercializador de electricidad para distintos períodos horarios, o la toma de medidas en el sistema eléctrico, corresponden a las condiciones de balance y varios procedimientos de operación, incluyendo la incorporación de un nuevo procedimiento, el 10.14, específico para el agregador independiente.
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