Eléctricas

El Gobierno podrá reservar parte de la potencia del mercado de capacidad para nuevos proyectos

La nueva regulación permite que las subastas principales reserven un volumen de potencia firme para nuevas inversiones en renovables, almacenamiento y demanda, aunque será cada convocatoria la que determine si se aplica y su alcance

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El Ejecutivo podrá establecer en las convocatorias de las subastas principales del nuevo mercado de capacidad un cupo específico de potencia para la entrada de nuevas inversiones, una posibilidad que permitirá reservar una parte de la capacidad firme que se adjudique a nuevos proyectos de renovables, almacenamiento y demanda. La Orden TED/966/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no fija de antemano ni el volumen de ese cupo ni si se aplicará en la primera subasta, sino que deja su determinación a la resolución que convoque cada procedimiento.

La medida introduce así un mecanismo específico para facilitar la incorporación de nueva capacidad al sistema eléctrico dentro de un mercado diseñado principalmente para garantizar la cobertura de la demanda y aportar firmeza y flexibilidad ante el creciente peso de las renovables. El mercado de capacidad funcionará mediante subastas de potencia firme, expresada en MW, y precio, en euros por MW y año, bajo un sistema de pago según oferta o pay-as-bid.

La orden establece que, con carácter excepcional, la convocatoria de una subasta principal podrá fijar un "cupo de potencia para la entrada de nueva inversión". Los proyectos que quieran acogerse a esta reserva deberán indicarlo expresamente en su solicitud de participación y deberán corresponder a nuevas inversiones en las tecnologías habilitadas por la normativa: renovables, almacenamiento o demanda.

El diseño permite además que estos proyectos dispongan de un horizonte de desarrollo más amplio que el resto de instalaciones. En el caso de las inversiones que entren en este cupo, el plazo entre la adjudicación del servicio y el inicio de la prestación podrá alcanzar excepcionalmente los nueve años, aunque los promotores podrán adelantar la entrada en servicio si el avance de sus inversiones permite comenzar antes.

La posibilidad de reservar potencia para nuevas inversiones adquiere especial relevancia en un mecanismo en el que instalaciones existentes y nuevos proyectos pueden concurrir a las subastas principales. La orden contempla que estas subastas puedan adjudicar capacidad tanto a instalaciones ya operativas como a nuevos proyectos, mientras que la nueva inversión queda limitada a renovables, almacenamiento y demanda. El objetivo es proporcionar una señal de ingresos a futuros proyectos y favorecer su financiación y desarrollo.

Cupo

El cupo, sin embargo, no estará definido por la propia orden ministerial. Será la resolución de convocatoria la que determine, en su caso, su volumen. De hecho, el artículo 12 establece que cada convocatoria deberá precisar, entre otros elementos, la fecha de celebración de la subasta, la curva de potencia firme requerida, el eventual cupo para nueva inversión, la fecha de inicio de la prestación del servicio, los precios máximos y, cuando corresponda, el precio inferior de reserva. El volumen del cupo podrá además ser declarado confidencial.

Esta flexibilidad permitirá adaptar el peso de las nuevas inversiones a las necesidades de cobertura que tenga el sistema en cada momento. La potencia firme que se saque a subasta deberá responder a los análisis de cobertura realizados por el operador del sistema, que determinarán las necesidades de firmeza del sistema eléctrico peninsular para diferentes horizontes temporales. Sobre esa base se establecerá la curva de potencia firme requerida que utilizará cada subasta.

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El diseño aprobado por el Gobierno contempla tres modalidades de subasta. La principal podrá contratar capacidad para periodos futuros y será la vía de entrada tanto para instalaciones existentes como para nuevos proyectos. Con carácter general, el inicio de la prestación del servicio deberá producirse como máximo cinco años después de la adjudicación, aunque las nuevas inversiones acogidas al cupo específico podrán disponer del plazo excepcional de hasta nueve años. Las nuevas inversiones podrán obtener contratos de capacidad de hasta 15 años, mientras que las instalaciones existentes tendrán, con carácter general, periodos de prestación de un año.

Junto a las subastas principales se desarrollarán subastas de ajuste anual, dirigidas a instalaciones ya operativas y destinadas a cubrir necesidades más coyunturales, y subastas transitorias para garantizar la firmeza del sistema hasta que comience la prestación de los servicios adjudicados en las subastas principales. Estas últimas se celebrarán anualmente durante el periodo transitorio previsto por la orden.

Filtros

El mercado establece además una serie de filtros para las nuevas inversiones. En las subastas principales solo podrán participar como nueva inversión proyectos de renovables, almacenamiento o demanda, mientras que las instalaciones de generación deberán cumplir los requisitos de firmeza y flexibilidad establecidos en cada convocatoria. Las centrales de generación que participen deberán respetar asimismo el límite de emisiones de 550 gramos de CO2 por kWh y no podrán percibir una retribución regulada.

La orden deja también en manos de las futuras convocatorias otros parámetros relevantes para determinar cómo se distribuirá la capacidad adjudicada. Entre ellos figuran los coeficientes de firmeza de las distintas tecnologías, el umbral de flexibilidad, los periodos de prestación y los valores unitarios de inversión que se utilizarán para determinados cálculos.

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De esta forma, la creación del mercado de capacidad fija el marco general del mecanismo, pero deja para las sucesivas convocatorias una parte sustancial de las condiciones que determinarán el resultado de cada subasta. Entre ellas estará la posibilidad de reservar una cuota específica para nueva inversión, una herramienta que puede adquirir especial importancia para tecnologías que necesitan visibilidad de ingresos para acometer nuevas inversiones, como el almacenamiento, así como para nuevos recursos de demanda flexible.

El mercado de capacidad entrará en vigor este viernes, un día después de su publicación en el BOE. La orden, no obstante, no fija todavía la fecha de la primera subasta ni determina de antemano cuántos MW se adjudicarán ni qué volumen, en su caso, se reservará a nuevos proyectos. Todos estos elementos deberán concretarse en la correspondiente resolución de convocatoria.

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