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La CNMC quiere abaratar las paradas de las industrias para cuadrar la operación del sistema eléctrico

El operador del sistema podrá reducir parte de la potencia adjudicada cuando la asignación adicional implique un incremento desproporcionado del coste total del servicio

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una reforma del mecanismo de respuesta activa de la demanda (SRAD) con el objetivo de reducir el coste de las paradas industriales utilizadas para equilibrar el sistema eléctrico. El regulador pretende evitar que pequeñas cantidades de potencia adjudicadas en las subastas disparen el precio final del servicio y encarezcan el conjunto de la operación del sistema.

La medida, publicada en el Boletín Oficial del Estado mediante una resolución fechada el 11 de mayo de 2026, introduce una “tolerancia al gradiente del coste” que permitirá al operador del sistema reducir parte de la potencia adjudicada cuando esa asignación adicional implique un incremento desproporcionado del coste total del servicio. La CNMC sostiene que el actual sistema marginalista provoca que ofertas de pequeño volumen, pero con precios elevados, eleven el precio pagado a toda la capacidad contratada.

El SRAD es un mecanismo diseñado para que grandes consumidores eléctricos, especialmente industrias, reduzcan temporalmente su demanda cuando el sistema necesita más capacidad de regulación. Estas desconexiones o reducciones de consumo ayudan a garantizar el equilibrio entre oferta y demanda eléctrica, especialmente en momentos de insuficiencia de reservas de regulación terciaria. A cambio, las empresas reciben una retribución económica fijada mediante subastas.

Anomalías detectadas

La CNMC justifica la reforma tras detectar anomalías en la subasta celebrada el 28 de noviembre de 2025 para el suministro del primer semestre de 2026. Aunque el regulador reconoce que la participación fue récord y que aumentó la competencia, también constató que el precio resultante alcanzó niveles significativamente superiores a los de convocatorias anteriores, elevando el coste total del servicio pese al mayor volumen adjudicado.

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A raíz de esos resultados, el organismo abrió un expediente informativo para analizar las estrategias de oferta de varios proveedores del servicio. Según la resolución, la CNMC estudió especialmente las ofertas situadas en el entorno del precio marginal y aquellas presentadas a precios muy superiores. Tras evaluar la información remitida por los agentes, concluyó que era posible optimizar el proceso de adjudicación mediante modificaciones puntuales del procedimiento operativo 7.5.

La principal novedad consiste en que Red Eléctrica, como operador del sistema, podrá revisar el resultado inicial de la subasta y aplicar la nueva tolerancia cuando el ahorro económico sea significativo y el impacto sobre la efectividad del servicio resulte limitado. Los parámetros concretos de este mecanismo permanecerán confidenciales para evitar comportamientos oportunistas de los participantes en las subastas.

Transparencia de las ofertas

Además, la CNMC reducirá el nivel de transparencia sobre las ofertas presentadas. Hasta ahora estaba prevista la publicación completa de la curva de ofertas transcurridos 90 días desde la subasta. Con la reforma, únicamente se harán públicas las ofertas finalmente adjudicadas y retribuidas. El regulador considera que difundir toda la información podría facilitar prácticas anticompetitivas y estrategias de manipulación en futuras pujas.

Durante el trámite de audiencia, nueve agentes del sector, entre ellos asociaciones y proveedores del SRAD, respaldaron en términos generales el objetivo de mejorar la eficiencia y reducir costes, aunque mostraron preocupación por la confidencialidad del nuevo sistema de tolerancia y por la menor transparencia de las subastas. Algunos participantes advirtieron también de que los cambios podrían perjudicar a las unidades de menor tamaño y reclamaron mayor estabilidad regulatoria para facilitar inversiones.

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La CNMC respondió que la aplicación de tolerancias ya existe en otros servicios de ajuste del sistema eléctrico español y defendió que mantener confidenciales determinados parámetros es necesario para preservar la competencia. Asimismo, recordó que el SRAD es un producto específico de balance de carácter temporal y sujeto a revisiones periódicas conforme a la normativa europea, por lo que su regulación seguirá evolucionando.

La resolución afectará directamente a las futuras subastas del servicio de respuesta activa de la demanda, un mecanismo clave para garantizar la estabilidad del sistema eléctrico en un contexto de creciente complejidad operativa y mayor penetración de energías renovables.

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