La Entidad Reguladora de los Servicios Energéticos (ERSE) portuguesa clasificó el apagón del 28 de abril de 2025, originado en España y que afectó a ambos países ibéricos, como un "evento excepcional", por lo que las operadoras de red no están obligadas a pagar las "compensaciones automáticas" a los clientes por la calidad del servicio en esas horas.
La organización anunció su decisión en un comunicado publicado en su web, donde explicó que la evidencia disponible muestra que el incidente "fue resultado de circunstancias excepcionales asociadas al funcionamiento interconectado del sistema eléctrico ibérico, con origen en España, concluyendo que se trató de un suceso exógeno y extraordinario".
"En consecuencia, el incidente no debe ser considerado para efectos de cálculo de los indicadores de calidad de servicio prestado por los operadores de red, no habiendo así derecho al pago de compensaciones individuales a los clientes por el incumplimiento de los criterios de calidad del servicio", añadió.
El apagón y Portugal
La ERSE hacía referencia a las compensaciones automáticas estandarizadas que se emiten cuando se superan los límites reglamentarios en cuanto al número o la duración de las interrupciones del suministro eléctrico y que quedan luego reflejadas en la factura del proveedor al inicio del año siguiente al suceso.








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